Comunicamos que el próximo 18 de mayo es feriado sin actividad comercial. Este tipo de feriado se instrumenta a raíz de la ley 24.254 del año 1993 . El decreto que determina el feriado del 18 de mayo hace referencia a esa ley como en los censos de 2001 y 2010.
De acuerdo como establece el artículo 2º:
“Quedan prohibidas hasta las veinte (20) horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada”.