En este momento estás viendo Protocolo sanitario inmobiliario nacional Covid-19

Protocolo sanitario inmobiliario nacional Covid-19

La Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) elaboró un protocolo sanitario conforme se autorice la reapertura de las oficinas inmobiliarias en el país.

El protocolo sanitario inmobiliario nacional Covid-19 elaborado por la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) está en conocimiento del Ministerio de Salud, Ministerio de Seguridad y Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat como aporte solidario, humanitario y sanitario y como sugerencia para las inmobiliarias, a efectos de ser puesto en práctica conforme se autorice la reapertura de las oficinas inmobiliarias en el país.

El mismo establece que, al autorizarse la reapertura de las oficinas inmobiliarias, estas deberán ser atendidas por sus dueños o corredor/martillero matriculado responsable o eventualmente por personal designado por el titular. Siendo designado este último, no podrá ejercer las funciones y responsabilidades del corredor/martillero matriculado si no posee matrícula habilitante.

El acceso sólo será permitido previa higiene con alcohol en gel al ingreso del establecimiento; no se permitirá el ingreso de mayores, embarazadas, niños o cualquier otra persona con factores de riesgo.

Las oficinas se deberán limpiar preventivamente antes y después del inicio de actividades con desinfectante.

El horario de atención será el que determinen las autoridades y sólo será para a los fines específicos sin excepción: pago y cobro de alquileres, entrega de llaves para nuevas locaciones y acciones que encuadren esenciales para la concreción de una operación de compra y venta inmobiliaria. No obstante, se fomentará el pago a través de medios electrónicos y depósito bancario.

El ingreso de personas quedará a consideración del espacio físico disponible, previendo la distancia suficiente entre ellas.

Es necesario que en el ingreso del establecimiento se coloque visible el cartel con las medidas del protocolo sanitario.

En caso de oficinas comerciales, se permitirá el ascenso o descenso de una persona a la vez. Asimismo, los establecimientos deberán tener a disposición del cliente alcohol en gel y un baño respectivo para el lavado de manos cuando se requiera.

En relación a las visitas, cuando sea necesario el uso del ascensor será de forma individual y durante el recorrido de la visita se deberá mantener la distancia prudencial.

En este sentido, es conveniente que se incentive a los usuarios al uso de nuevas tecnologías, para hacer videos que permitan facilitar la vista del inmueble.

Por otra parte, se solicita instrumentar que las empresas prestadoras de gas, luz y agua puedan funcionar para altas y bajas de estos servicios, siendo estos primordiales para habitar una propiedad; también la implementación de la firma electrónica a corto plazo, de forma simple.

Toda la campaña publicitaria respecto a este tema debe ser exhibida por las inmobiliarias adherentes (obligatoriamente para mantener el status) en su página de internet, redes sociales y espacios físicos.

El material digital será provisto por CIA. En caso que deba imprimirse (vidrieras) deberá hacerlo la firma inmobiliaria.

Por María Allisiardi para https://clasificados.lavoz.com.ar/

  • Categoría de la entrada:D / Interés